Los delitos económicos y de empresa son una variedad muy amplia de figuras delictivas que van desde los delitos societarios a las insolvencias punibles, pasando por la revelación de secretos o el blanqueo de capitales.
Tipos de delitos económicos y de empresa
Estos tipos penales tienen en común el atentado contra el patrimonio o la correcta gestión de sociedades, y pueden conllevar sanciones muy graves para los responsables.
Delitos Societarios
- Se centran en las actuaciones irregulares en la gestión y administración de sociedades mercantiles.
- Pueden afectar tanto a la propia empresa como a terceros (acreedores, accionistas, etc.).
Insolvencias Punibles
- Se refieren a situaciones en las que una persona o sociedad finge o fuerza un estado de insolvencia para evadir pagos a sus acreedores.
- Incluyen el alzamiento de bienes y otras maniobras destinadas a frustrar la ejecución de las obligaciones.
Revelación de Secretos
- Abarca la divulgación indebida de información confidencial de la empresa o de terceros.
- Puede suponer un grave daño económico y reputacional para la víctima de la revelación.
Administración Desleal: Nueva Perspectiva del Código Penal
Especial mención requiere la llamada administración desleal, que tras la última y reciente reforma de nuestro Código Penal se desplaza desde los antes mencionados delitos societarios hasta el grupo de los delitos patrimoniales. Al fin y al cabo, se trata de un delito contra el patrimonio, del que cualquiera puede ser víctima independientemente de que sea o no una sociedad.
En este sentido, tanto estos tipos penales como los referentes a la aplicación indebida, han sido determinados con mayor claridad. Ahora se atiende más a la protección del patrimonio perjudicado, sin importar tanto la forma jurídica de la víctima. Esta novedad legislativa ha abierto la posibilidad de perseguir conductas que antes se encontraban en un terreno ambiguo, fortaleciendo así la seguridad jurídica.
Malversación de Fondos Públicos: Considerada como Administración Desleal
A lo anterior, cabe sumar la nueva tipificación que se ha hecho de la malversación de fondos públicos, la cual pasa también a ser considerada como un supuesto de administración desleal. Esto implica que los actos de uso indebido del dinero o patrimonio público se encuadran en la misma dinámica que cualquier otro delito que perjudique el patrimonio, añadiendo además la especial gravedad de atentar contra bienes de titularidad pública.
Separación entre Obstaculización y Frustración de la Ejecución
Actualmente, existe una clara separación entre las conductas de obstaculización y las de frustración de la ejecución, a las que tradicionalmente se ha vinculado el referido delito de alzamiento de bienes, así como los de insolvencia o bancarrota.
- Obstaculización: Acciones que impiden o entorpecen el cobro de deudas o el desarrollo normal del proceso de ejecución.
- Frustración de la ejecución: Maniobras dirigidas expresamente a imposibilitar el cobro de la deuda, sea mediante ocultación, venta fraudulenta de bienes, etc.
La delimitación más precisa de estas figuras facilita la persecución y sanción de comportamientos que antes podían quedar en zonas grises, incrementando la eficacia en la lucha contra el fraude y la insolvencia fingida.
Experiencia del Despacho en Zaragoza y Otros Ámbitos de Actuación
Nos gustaría destacar la amplia experiencia que tienen en estas materias los y las profesionales que integran nuestro Despacho en Zaragoza, especializados no solo en delitos económicos y de empresa, sino también en ámbitos como la propiedad industrial y la propiedad intelectual.
Propiedad Intelectual: Reformas e Inclusión de Nuevas Conductas Típicas
En este campo, siempre nos gusta mencionar la incorporación como conducta típica de la explotación económica de una obra protegida sin la autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual, que trajo consigo la última reforma del Código Penal. Se pasa así de un ánimo de lucro como elemento subjetivo a la obtención de un beneficio económico, ya sea directo o indirecto, lo que amplía la punibilidad de conductas que antes podían pasar inadvertidas.
Además, también estamos capacitados para resolver todas aquellas dudas que pueda tener en relación a los supuestos de delitos fiscales, de consumo, o laborales, por los que haya podido verse afectado.