Negligencias Médicas
El nuevo Código Penal ha encendido la luz de alarma de los médicos y médicas al prever expresamente la pena de inhabilitación. Sin embargo, sorprende constatar, que al igual que en la regulación anterior, no existe concepto alguno de Negligencia. Razón por la cual, en lo que se refiere al factum, como premisa mayor del razonamiento jurisdiccional, no ha supuesto ninguna aportación destacable, a pesar de la inclusión de penas tan transcendentes y contundentes como es el caso, de la ya nombrada inhabilitación.
Únicamente, nos queda esperar, que los Tribunales moderen el reproche y, de esta manera, elaboren una doctrina que, acorde con la realidad estadística del momento, reserve el reproche penal para aquellos casos en los que el elemento subjetivo del tipo, resulte claramente merecedor de este tipo de medidas.
Con esto se conseguiría dirigir hacia la jurisdicción civil, aquellos supuestos en los que la justicia pueda resolver la controversia, a través de la mera compensación económica.
Si quiere incidir en estos temas, y precisa de asesoramiento especializado, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Desde nuestro Despacho en Zaragoza, resolveremos todas sus dudas.