NOVEDADES PENALES. ABOGADO EN ZARAGOZA
¿Necesita ayuda en algún tema de Derecho Penal? ¿Ha obtenido una Sentencia pero le parece injusta? Nuestro Despacho en Zaragoza puede ayudarle.
Todas las personas tienen derecho a un abogado, ya que así lo dice la constitución Española en su artículo 24:
Todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
De igual manera queremos indicar que todas las personas tienen derecho a recurrir una Sentencia si consideran que se han vulnerado sus derechos. Esto se hace a través de recursos procesales.
Hay que contar con las reformas que ha habido recientemente en esta materia. El Código Penal fue modificado por última vez en 2015; asimismo, la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) también fue modificada en ese mismo año mediante Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica; y la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.
Entendemos que estas reformas pueden resultas confusas a simple vista. Pero sin duda un buen abogado penalista estará al día de estos cambios y podrá ajustarse a ellos para ayudarle con su caso. Por eso puede acudir a nuestro Despacho con la tranquilidad de saber que nos mantenemos actualizados. Además le ayudaremos a resolver todas las dudas que tenga.
Para pedir una cita previa sólo tiene que llamarnos o consultar nuestra web.
Todas las personas tienen derecho a un abogado, ya que así lo dice la constitución Española en su artículo 24:
Todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
De igual manera queremos indicar que todas las personas tienen derecho a recurrir una Sentencia si consideran que se han vulnerado sus derechos. Esto se hace a través de recursos procesales.
Hay que contar con las reformas que ha habido recientemente en esta materia. El Código Penal fue modificado por última vez en 2015; asimismo, la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) también fue modificada en ese mismo año mediante Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica; y la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.
Entendemos que estas reformas pueden resultas confusas a simple vista. Pero sin duda un buen abogado penalista estará al día de estos cambios y podrá ajustarse a ellos para ayudarle con su caso. Por eso puede acudir a nuestro Despacho con la tranquilidad de saber que nos mantenemos actualizados. Además le ayudaremos a resolver todas las dudas que tenga.
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